RNOS 1 -1180-3

0810-777-8733

Urgencias Médicas las 24 Hrs.

Lista de Prestaciones

Cobertura del  100% en:

– Pacientes internados
– Pacientes oncológicos
– Pacientes insulino dependientes
– Pacientes incluídos en el Plan Materno Infantil
– Pacientes con HIV – SIDA
– Pacientes con tuberculosis
– Pacientes con insuficiencia renal crónica
– Pacientes hemofílicos
– Pacientes miasténicos 

– Anticonceptivos según Ley 25673 de Salud Sexual y Procreación Responsable y normas reglamentarias vigentes

Cobertura del 70% de la medicación según los procedimientos comprendidos en la Resolución 310/04 MS (Patologías crónicas)

– Asma Bronquial
– Enfermedades Pulmonar Crónica Obstructiva
– Glaucoma
– Ojo seco
– Dislipemias
– Enfermedades reumáticas e inflamatorias crónicas
– Patología Tiroidea
– Enfermedad de Parkinson
– Epilepsia
– Hipertensión arterial.

Según lo establecido en el Plan Médico Obligatorio de Emergencia (Plan Materno Infantil)

Cobertura del 100% de la medicación específica (insulina, hipoglucemiantes orales).-

Cobertura del 100% en  pacientes transplantados.-

Cobertura del 100% a todo los pacientes afectados.

Si padece de Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), todos los análisis necesarios,  medicamentos incluidos, cuidado y tratamiento, serán cubiertos por la Obra Social.
Si Ud. o un miembro de su grupo familiar cree  ser un portador sano de HIV, no dude en consultar  a su médico.

Cobertura del 100% en diagnóstico y tratamiento, de acuerdo al protocolo y la prescripción por nombre genérico.

Cobertura del 100% para tratamiento y medicación específica en pacientes con insuficiencia renal crónica.-

Cobertura del 100% para las de colocación interna y del 50% para las de colocación externa, de origen nacional.

Cobertura total  de las prácticas incluidas en el Programa Médico Obligatorio de Emergencia.

Cobertura del 100% durante la internación,  del 50% para pacientes ambulatorios y del 70% para los portadores de patologías crónicas prevalentes,  en medicamentos  incluidos en el Programa Médico de Emergencia.

Cobertura integral para afiliados con certificado de discapacidad,  de acuerdo con las normativas vigentes: Ley N° 22.431, Ley 24.901 Resolución 6080/03.
La Obra Social ofrece a los beneficiarios asesoramiento, seguimiento y contención, a través del  departamento de Servicio Social.  

Servicio de Urgencias Médicas las 24 horas. Emergencias, Urgencias y   atención médica domiciliaria programada.

 Atención  para el beneficiario y su grupo familiar,  en forma ambulatoria e internación.   

Acceso al conocimiento de las medidas preventivas y de seguridad curativas,  para quienes consuman sustancias psicoactivas que crean dependencia.

Los tratamientos de desintoxicación y rehabilitación serán cubiertos teniendo en cuenta los valores que surgen de la Resolución N° 500/04 en las modalidades que el profesional sugiera: Hospital de día, Hospital de noche, Internación en Comunidades Terapéuticas e Internación Psiquiátrica para desintoxicación. 

Cobertura total , de acuerdo a los módulos que prescriban los profesionales acreditados que intervengan.-

Reintegro de hasta $3000 para  niños hasta los  15 años de edad y  50% por reintegro en Otoamplífonos .

Cobertura del 100% para  afiliados con CUD (Certificado Único de Discapacidad)  por discapacidad auditiva. 

Cobertura de prótesis miogènicas y biolelèctricas bajo los términos de la Res. 46/17

Acceso a una primera entrevista de evaluación  diagnóstica (Admisión) para definir tratamiento según lo establecido en el Programa Médico Obligatorio de Emergencia: Atención Ambulatoria, hasta 30 sesiones por año y no más de cuatro por mes. Las Internaciones psiquiátricas  se autorizan de acuerdo a criterio médico, para pacientes con procesos agudos o reagudizaciones de patologías crónicas, con un máximo de 30 días al año por afiliado.

En todos los casos, la atención de urgencia y la ambulatoria se brindará mediante las redes de Salud Mental contratadas por la Obra Social.

Cobertura  de todas las prácticas de laboratorio enumeradas en el Plan Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE) .

Aquellas prácticas solicitadas que no estuvieran  incluidas   en el PMO,  serán consideradas  previa Auditoria Médica. 

Cobertura  de todas las prácticas de Diagnóstico por Imágenes,  enumeradas en el Plan Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE) .

Aquellas prácticas solicitadas que no estuvieran  incluidas   en el PMO,  serán consideradas  previa Auditoria Médica. 

La Obra Social dará cobertura ambulatoria para rehabilitación motriz, psicomotriz, re – adaptación ortopédica, rehabilitación sensorial y estimulación temprana, en niños de hasta dos años de edad con déficit neurosensorial.

KINESIOLOGÍA Y FONOAUDIOLOGÍA 

Cobertura de hasta 30 (treinta) sesiones anuales por afiliado. 

TRASTORNOS DEL APRENDIZAJE Cobertura al 100%. (Ley 27.306)

HEMODIÁLISIS Y DIÁLISIS PERITONEAL CONTINUA AMBULATORIA

La cobertura será del 100% siendo requisito indispensable la inscripción de los pacientes en el INCUCAI dentro de los primeros 30 días de iniciado el tratamiento. La auditoría Médica establecerá la modalidad a ser cubierta según la necesidad individual de cada beneficiario.

Recuerde

  • Si usted está en tránsito -dentro del territorio nacional- y necesita atención médica,  consulte la cartilla  y diríjase a los prestadores de la zona. 
  • Para su atención, es requisito presentar el CARNET DE AFILIACIÓN con el troquel autorizado. Este es PERSONAL e INTRANSFERIBLE.

Cobertura Prestacional

FARMACIA a través de la red de farmacias que figura en cartilla.

Recuerde:

Si bien la ley que fija el Programa Médico Obligatorio de Emergencia prevé el descuento del 40% para todos los actores de la Seguridad Social, su Obra Social le cubre el 50% del valor de los medicamentos que figuran en el Vademécum de la misma, en la extensa red de farmacias adheridas en todo el país.

No Olvide

Hacer prescribir los medicamentos en RP del Sanatorio/ Clínica del médico tratante para poder acceder al descuento. Con la permanente intención de optimizar la distribución de los recursos económicos con los que cuenta la Obra Social, nos dirigimos a Uds. para solicitarles vuestra colaboración en el cumplimiento de la mencionada Ley y sus respectivo Decreto Reglamentario, normativa en la que los Sres. Profesionales Médicos deben encuadrar indefectiblemente sus recetas. Dicha contribución se reflejará, sin duda alguna, en más y mejores beneficios para todos.